Trabajo de lunes a viernes y de mañanas por cuenta ajena
y estoy pensando montar un negocio de lunes a viernes por las tardes y los
fines de semana. ¿Qué tipo de empresa debe ser la que regule la actividad si no
quiero dejar mi actual trabajo? ¿Qué trámites debo seguir?
En
primer lugar informarle que es totalmente compatible estar encuadrada en el
régimen general y al mismo tiempo en el régimen de autónomos por lo que no le
pondrían ningún inconveniente.
En
relación a su pregunta sobre el tipo de empresa que puede formar, dependiendo
de sus intereses tiene varias opciones:
Puede
optar por una sociedad mercantil o bien personas físicas.
La
sociedad mercantil, podrá ser limitada, con un mínimo de 3.000 euros de capital
social, o anónima, con un mínimo de 60.000 euros, deberá ir al notario para
firmar los estatutos de la empresa, en el que se establecerán las reglas que
regirán su empresa. Deberá inscribir la sociedad en alguna oficina pública de
registro mercantil, presentando dicha escritura.
Tendrá
que acudir a alguna oficina de la Agencia Tributaria para darle de alta en
Hacienda, donde le explicarán las obligaciones fiscales que debe cumplir.
Tiene
que acudir al ayuntamiento de la localidad donde vaya a realizar su actividad,
o bien, donde tenga la sede fiscal de la empresa, para conseguir el impuesto de
actividades económicas (IAE).
Por
último, acudir a la tesorería general de la seguridad social para darse de alta
como autónomo.
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